El Defensor del Menor propone ampliar los horarios de protección a menores de edad en Televisión

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El Defensor del Menor propone ampliar los horarios de protección a menores de edad en Televisión


Canalda asegura que dicha ley es una oportunidad para corregir buena parte de los aspectos que instituciones como el Defensor del Menor llevan mucho tiempo denunciando, sobre todo el aumento de contenidos inadecuados en la programación de las cadenas, sin tener en cuenta las horas en que niños y adolescentes suelen ver más la televisión, y que sobrepasan ya la tradicional protección reforzada para vigilar sus contenidos.

Se refiere a tres capítulos: programas que contravienen lo marcado por la vigente legislación y por el Código de Autorregulación;  el peligro de series de ficción que se convierten en referencia para los menores; y la ausencia casi absoluta de programación infantil en las televisiones generalistas. Puntos todos ellos que se reflejan, de nuevo, en la encuesta del Defensor del Menor sobre hábitos y preferencias de consumo televisivo en los menores de entre 8 y 16 años. Fue presentada a finales de enero pasado.

Ampliar horarios
Ante la nueva constatación de que los menores de entre 8 y 16 años han cambiado los hábitos, porque ven muchas veces solos la televisión -cuando comen en su casa, y después, a partir de las ocho de la tarde y hasta las diez de la noche- Arturo Canalda ve oportuno ampliar los espacios llamados de protección reforzada para este segmento de la población.

La nueva Ley Audiovisual acepta las franjas reforzadas de 8 a 9 y de 17.00 a 20.00 horas, de lunes a viernes. El Defensor del Menor aconseja ampliar esa protección reforzada desde las 9 de la mañana hasta las tres de la tarde, y desde las cinco de la tarde hasta las diez de la noche.

En el supuesto de que esto no se lleve a cabo, y ante el dato incontrovertible de que un alto porcentaje de niños ven la televisión hasta las diez de la noche, e incluso hasta las 23.30 horas (así lo denuncia un estudio del Consejo Audiovisual Andaluz), Canalda hace un doble llamamiento a los padres de menores de edad, si quieren evitar los contenidos perjudiciales para el desarrollo físico y mental de sus hijos que exhibe la programación a esas horas: por un lado, supervisar cada programa  de televisión a esas horas; y, en segundo lugar, que eviten tener televisión en la habitación de sus hijos.

Publicidad controlada
Respecto de la publicidad, muestra su satisfacción porque la Ley Audiovisual prohiba a las cadenas los anuncios de bebidas alcohólicas entre las seis de la mañana y las ocho de la tarde, pero considera más coherente extender tal prohibición hasta las diez de la noche, por la misma razón citada: que muchos menores ven la televisión, como mínimo, hasta esa hora.

Otros puntos de la Ley Audiovisual elogiados por el Defensor del Menor de Madrid son aceptar las franjas horarias de protección, la general de 06.00 a 22.00 horas, y la reforzada, de 17.00 a 20.00 horas, tal y como figuran en el Código de Autorregulación, la protección a la intimidad y propia imagen de los menores, la prohibición expresa de difundir datos que permitan su identificación en el contexto de hechos delictivos o emisiones que discutan su tutela o filiación, la prohibición de emitir en abierto contenidos  seriamente perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores -como escenas pornográficas y de violencia gratuita- y la restricción de horarios para la emisión de juegos de azar y apuestas.