Multa TV pública almeriense

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Multa TV pública almeriense

Es la primera vez que este Consejo sanciona a un operador local de titularidad pública.
Estamos ante una prueba de la eficacia que tienen las denuncias a las televisiones que incumplen la normativa de la protección de menores, una iniciativa que pueden tomar los usuarios de los medios informativos directamente, o bien hacerlo a través de los consejos audiovisuales si los hubiere en su comunidad autónoma y de las asociaciones de telespectadores, como ATR.

También ha acordado imponer otras dos sanciones más, una de 1.500 euros a "M-95 Televisión", operador privado de Marbella, por emitir imágenes fijas de contenido pornográfico y publicidad para adultos, en horario protegido; y otra de 500 euros a "El Ejido TV. Producciones del Poniente, S.L.", por emitir publicidad de bebidas alcohólicas con graduación superior a 20 grados.

La emisión de contenido sexual explícito constituye una infracción tipificada como grave en la Ley 25/1994, que incorpora al ordenamiento jurídico español la directiva europea de Televisión sin Fronteras. En su artículo 17.2, dicha ley limita la emisión de programas susceptibles de perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de los menores desde las 22.00 horas del día hasta las 06.00 horas del día siguiente. Las sanciones previstas en la normativa para las infracciones tipificadas como graves oscilan pueden llegar a 300.500 euros.