Condena a Telecinco

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Condena a Telecinco


Madrid. El encargado de encausar el caso ha sido el juzgado de Primera Instancia número 34 de Madrid. Prohibe a esta cadena la emisión de un capítulo de la serie 'Becari@s' y exige retirarlo de la web de dicho Medio, según informa El Mundo.es, por utilizar contra La Sexta expresiones como "ladrón", "caradura", "cabrón", "payaso", o "que le den por culo". Este era el lenguaje empleado mientras se simulaba el asesinato de uno de los personajes de la serie, dejando entrever que su autor era un sicario de La Sexta.

El juez califica tales expresiones de "objetivamente injuriosas, innecesarias y excesivas para el fin satírico del programa, que no puede amparar ni justificar el insulto". Por su parte, Telecinco, una de las cadenas que peor cumplen el Código ético de protección a menores de edad, argumentó que se trataba de un programa "de ficción cuya única intención es divertir", aunque, por otro lado, acepta que ese carácter divertido se produce "en el ámbito de una situación de conflicto empresarial entre las partes".

El Juez, sin embargo, ha resuelto que no todo vale para defenderse y que nada autoriza, por mucho conflicto que exista entre los oponentes, "el uso de expresiones injuriosas, vejatorias o descalificadoras, excesivas e injustificadas».

La cadena de Fuencarral habrá de pagar las costas del proceso y cumplir la orden del Juez, al margen de que decida o no recurrir ante la Audiencia Provincial de Madrid. La Sexta ha solicitado al Juez que, una vez se dicte sentencia sobre el fondo del asunto, se condene a Telecinco al pago de una indemnización por valor de 100.000 euros.

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